Al
día de hoy, la regulación de las actividades laborales que deban “efectuarse
en lugares apartados de centros urbanos”, está regulada someramente por
el artículo 39 del Código del trabajo:
”En los casos en que la prestación de servicios deba efectuarse en
lugares apartados de centros urbanos, las partes podrán pactar jornadas
ordinarias de trabajo de hasta dos semanas ininterrumpidas, al término de las
cuales deberán otorgarse los días de descanso compensatorios de los días
domingo o festivos que hayan tenido lugar en dicho período bisemanal,
aumentados en uno”.
Precisar
su contenido para los casos concretos ha estado a cargo de la Dirección del
Trabajo, mediante dictámenes.
Asimismo,
para entender dicho precepto sirven varios comentarios oficiales que, si bien
datan de hace algunos años, resultan aplicables también ahora:
La circunstancia que el Código del trabajo en su artículo 39 establezca que
esta jornada se puede prolongar hasta en dos semanas ininterrumpidas de
trabajo, está señalando que la jornada bisemanal puede comprender doce días
seguidos de trabajo y que la jornada diaria no podrá exceder del límite máximo
que es de 10 horas.
Esto no sólo lo afirmamos nosotros sino la propia
Dirección del Trabajo.
Hasta
hoy, el máximo legal son dos semanas seguidas (no catorce sino doce días),
aunque de modo no lícito se imponen jornadas de mayor extensión. Con el
proyecto oficial y sus denominados “pactos
de adaptabilidad” ya podrían implicar veinte
días continuos, lo cual en
condiciones normales (labores ejecutadas en zona urbana, con una circunstancia
ambiental y climática media), lesionan gravemente el contacto familiar.
Y
que serán incluso más lesivos para los trabajadores teniendo presente que se
ejecutarán en condiciones ambientales y climáticas anormales.
Peor
aun, se alienta -y se obliga- al distanciamiento bajo condiciones muy adversas,
no sólo ambientales-climáticas, sino sociales y de lejanía familiar, con las
consecuencias (efectivas o potenciales) familiares -e incluso íntimas- que todo
trabajador que ha debido trabajar fuera por varios días o semanas conoce, o debería conocer.