Uno
de los preceptos de la reciente ley 21.220, publicada en el “Diario
Oficial” el pasado jueves 26 de marzo de 2020, que modifica el Código del
trabajo (nuevo artículo 152 quáter M), y que permite “fiscalizar”
las condiciones de trabajo en el propio hogar del trabajador.
Si
el trabajador o trabajadora no acepta que ingrese el patrón (además
de la respectiva mutual, o inspectores del trabajo), generará
circunstancia para sustentar no sólo que no pueda requerir
cumplimiento del deber de protección que atañe a la parte
empresarial, sino, en la práctica, facilitará su eventual posterior
despido (invocándose o alegándose otras causales legales).
Imagínese
la situación en la puerta de la casa, diciéndole al propio jefe o
patrón, o a los restantes agentes, que "no" pueden
entrar...